Rolando era de Colonia, estaba casado, tenía un hijo de un año y medio y una pequeña hija de 1 mes, era obrero textil de Campomar y militante frenteamplista. Después del golpe de Estado de 1973 fue despedido junto a decenas de obreros de la fábrica Campomar por su activa participación sindical resistiendo a la dictadura. Emigró a Argentina donde fue asesinado por personal policial de la comisaría de Villa Ballester (Buenos Aires), en setiembre de 1975, junto a Luis Alfredo Guerrero.

Emilio Rolando Morales Itza

Datos Personales:

Documento de Identidad: 48.579 (Departamento de Colonia), DNI 9217.5226
(Argentina).
Credencial Cívica: NLB N° 11564.
Edad: 26 años.
Fecha de nacimiento: 06.09.1949.
Lugar: Departamento de Colonia.
Nacionalidad: Uruguaya.
Estado civil: Casado.
Domicilio: Libertador General San Martín 419 de Villa Lynch, Partido de
General San Martín, Provincia de Buenos Aires. Argentina.
Ocupación: Obrero textil en la empresa Campomar & Soulas.
Alias:
Militancia: Partido Comunista (PCU), Frente Amplio (FA).

Fallecimiento

Fecha de muerte: 25.09.1975.
Lugar: En la vía pública. Calle América al 131, Villa Ballester. Partido General San Martín, Provincia de Buenos Aires. Argentina.
Circunstancia: Según la información recopilada por la Secretaría de Derechos Humanos de la República Argentina, Emilio Morales Itza quien se encontraba junto a Luis Alfredo Guerrero fue herido de muerte por personal militar mientras se encontraba pintando paredes en la zona de Villa Ballester.

 

27.01.2006. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. República Argentina. “(…) posteriormente del (…) reclamo por la muerte de EMILIO ROLANDO MORALES ITZA, se presentó el HERMANO de LUÍS ALFREDO GUERRERO EN SU CARÁCTER DE HEREDERO (…) quien muriera conjuntamente acribillado por el accionar de las Fuerzas Armadas el 25 de Setiembre de 1975, en jurisdicción de General San Martín
con EMILIO ROLANDO MORALES ITZA. En el expediente de LUIS ALFREDO GUERRERO se produce un dictamen favorable para que proceda el reclamo; basándose en determinadas pruebas y hechos que no se tenían conocimiento hasta el año 2004 como ser, de vital importancia para la aclaración las constancias del ex archivo de la Dirección de Inteligencia de la Provincia de Buenos Aires que están bajo resguardo de la Excelentísima Cámara de Apelaciones Federal de la Ciudad de la Plata y en el marco del Juicio a la Verdad y
que son agregados a los legajos de ambos reclamos y de donde se verifica con dichas pruebas la total falsedad de las afirmaciones policiales correspondientes al Oficial Mansanelli, cuyo legajo también se encuentra agregado al legajo de referencia y que no murió como se dijo en un enfrentamiento y que por lo tanto quedó plenamente
demostrado que los fallecidos Guerrero y Morales Itza, fueron acribillados por el accionar de las Fuerzas Armadas, tal como surge de la prueba contundente
acompañada posteriormente. (…) con la nueva prueba aportada no existen ya más dudas, el caso encuadra
entre las previsiones de la Ley 24.411, pues está plenamente probado que estas muertes fueron a consecuencia de la aplicación del Terrorismo de Estado”. (F5N 1803330) (…) En el relato (…) del mismo expediente se consigna que le día del óbito GUERRERO, acompañado por otro militante (Morales Itza), estaba pintando paredes cuando se hizo presente un vehículo militar, ante lo cual ambos dieron a la fuga, siendo
acribillados a balazos, sin que él ni su compañero estuvieran armados, murieron ambos (…).
(…) surgirá que el 25 de setiembre de 1975, alrededor de las 19 y 10 horas, en circunstancias en que una comisión policial de la Comisaría de Villa Ballester,  formada por el Oficial Subinspector Ricardo Adolfo Masanelli, el cabo 1° Antonio Portillo y el Cabo Juan Carlos Dávila hacían una recorrida por las inmediaciones de la sucursal local del Banco de Boulogne, avistaron a dos personas que les parecían sospechosas a las que dieron orden de detenerse, siendo contestada la misma con disparos de armas de fuego de la pareja de hombres, que comenzó a correr para eludir la acción policial, cayendo sucesivamente bajo las balas policiales, uno –que resultó
ser Luis Alfredo GUERRERO- (…) y el segundo quien fue identificado como Emilio Rolando MORALES ITZA (…) Dicen los policías que el oficial Masenelli resultó herido por impacto de bala en un pie, lo que no avala el informe médico policial (…) ya que el médico Balboa no examinó la herida sino que informó haber observado un vendaje
inmovilizador, por lo que la etiología de la herida cubierta no se ha establecido en la causa.
Las autopsias de Fs. 21/22 y 26/29 en cambio informan sobre las muertes de MORALES ITZA y GUERRERO, respectivamente. En caso del primero se detectan múltiples heridas de fuego, con anillos de Fisch pero sin hundimiento. Los orificios de entrada estaban en la cara posterior del cuello, la cara anterior del hemitorax
derechos, la región anterior del tórax izquierdo y la cara anterior de hemitorax izquierdo. Se señala que los disparos fueron hechos a más de cincuenta centímetros de distancia. La autopsia de GUERRERO revela múltiples heridas de bala producidas por disparos a más de 50 centímetros de distancia.
Hay en el deficitario proceso constancias de que recibieron tiros dos automóviles (…) aunque se designó un experto para que se informara sobre el “dermotest” de los muertos, no se produjo informe alguno. Se estableció sí, que el arma que portaba MORALEZ ITZA había sido robada a un policía (…) El acta de fs. 1 hablaba de heridas a dos civiles, pero ninguno se presentó ni fue examinado. El acta inicial en rigor remite a las declaraciones no coincidentes de los tres policías de fs. 31, 32 y 33, tampoco demasiado consistente. Lo que sí parece alcanzarse a verificar es que} los MORALES ITZA y GUERRERO tenían actividades políticas vinculadas al parecer a una organización de las denominadas “subversivas”.
(…) La inexistencia de “dermotest” en los cuerpos de los fallecidos GUERRERO Y MORALEZ ITZA obliga a tener por cierto que no dispararon armas (…).”


Certificado de defunción: Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Gobierno. Dirección Registro de las Personas. Certificado de Defunción.
“Acta N° 1165 T2 A. En San Martín Partido Gral. San Martín. Pcia. Bs. As a 27 de setiembre, 1975. Ante mí Dora Yohas Disp 0796. Delegado, don Santiago Antonio SCIARRETTA DNI N° 10.362.343 domicilio La Paz 645 V Ballester. DECLARA: Que el día veinticinco, mes setiembre, año mil novecientos setenta y cinco, hora 19.30, lugarnAmérica frente al 131 V Ballester.


FALLECIO Emilio Rolando MORALES ITZA, de Hemorragia interna. Cet médico Dr. Juan Héctor Balboa, sexo masculino de aprox 24 años, estado_______profesión ____________domicilio Gral. San Martín 419 (ilegible)
Intervenido por Policía, Testó
Leída el acta, la firman conmigo (enmendado) cutis blanco, cabellos corto, lisos, 1,75 de estatura, delgado, vestido con pantalón azul, chaleco beige, campera azul, zapatos
de goma marrón claro, (…).”
[Firma Juan Héctor Balboa]3
Autopsia: Provincia de Buenos Aires. Poder Judicial. Oficina Médico Pericial.
Departamento Judicial General San Martín.
“Protocolo de autopsia Médico Legal
Gral. San Martín 25 de setiembre de 1975 de 1975
Juez Penal de San Martín Dr. Mauricio Pomenrantz
Secretaría N° a/c del Dr.
En cumplimiento a lo dispuesto por S.S.
Lo/s Dr/es Juan Héctor Balboa han practicado hoy en el local de esta
Dependencia a la hora 22 dando término a las horas 23.40 la autopsia del cadáver que
fuera en vida EMILIO ROLANDO MORALES ITZA de nacionalidad uruguaya de –años de edad – estado civil – de ocupación – domiciliado en —
(…).


EXAMEN TRAUMATOLOGICO


A LA INSPECCIÓN, este cadáver presenta las siguientes lesiones: múltiples heridas de arma de fuego, la totalidad de ellas con orificio de salidas, los orificios dementrada correspondientes presentan formas circulares, labios introvertidos, anillos de fisch, no así signos de ahumamientos como así tampoco incrustaciones de pólvora,
dichas heridas se hallan ubicadas en: 1).- cara posterior de cuello con orificio de salida en región subclavicular derecha- 2).- cara anterior de hemitorax derecho con orificio de salida en cara posterior.- 3).- región anterior de torax [ilegible] espacio intercostal izquierdo con orificio de salida en región escapular izquierda.- 4).- cara
anterior de hemitoraz izquierdo sexto espacio intercostal con orificio de salida, en cara posterior, todos los orificios de salidas presentan formas irregular labios
extrovertidos.-


EXAMEN INTERNO

(…) PULMON DERECHO: presenta una perforación con el aspecto de haber sido producido por el pasaje de un proyectil de arma de fuego. PULMON IZQUIERDO: igual que el anterior.
(…).


CONSIDERACIONES MEDICOS LEGALES


Dadas las características de las heridas de arma de fuego observadas en este caso, se puede determinar qué: los disparos fueron efectuados desde una distancia mayor de los 50 metros prueba de ello en la ausencia de signo de ahumamiento en los orificios de entrada.- 2).- los disparos fueron efectuados [ilegible] unos planos
anteriores, lateral y posterior.- 3).- los mismos han seguido distintas direcciones y trayectorias como el número 1 siguiendo una dirección de arriba hacia abajo y un trayecto oblicuo, perfora el pulmón derecho y vaso importante de la región para salir a través del orificio de salida mencionando anteriormente el Nro. 2, siguiendo una
dirección de adelante atrás y un trayecto rectilíneo penetra en tórax sin producir lesiones vitales para salir a través del orificio de salida mencionado.-El 3 siguiendo una dirección de adelante atrás y un trayecto rectilíneo penetra en el pulmón izquierdo
saliendo a través del orificio de salida mencionado luego de producir gran hemorragia interna, al perforar la aorta a la altura del cayado aórtico.- El Nro. 4 al igual que el nro. 2 no produce lesiones vitales en dirección y trayectoria. Según la forma y características de los orificios se puede determinar que los proyectiles han provenido de arma de grueso calibre de características perrorantes.-


CONCLUSIONES:


LA MUERTE DE: EMILIO ROLANDO MORALES FUE PRODUCIDA POR: numerosas heridas de armas de fuego que produjeronen su trayectoria graves lesiones incompatibles con la vida. (…).”

 

Atribuido a: Personal policial de la comisaría de Villa Ballester. Según consta en el informe de la Secretaría de Derechos Humanos de la República Argentina, el operativo fue llevado adelante por: Oficial Subinspector Ricardo Adolfo Masanello, el cabo 10 Antonio Portillo y el Cabo Juan Carlos Dávila.


Casos conexos: Muere junto a Luis Alfredo Guerrero