Luis Mendiola Hernández
Datos personales:
Documento de Identidad: 1.199.367.
Credencial Cívica: BNB 9967.
Edad: 46 años.
Fecha de nacimiento: 23.07.1925.
Lugar: localidad de Casupá, Florida.
Nacionalidad: Uruguaya.
Estado civil: Soltero.
Domicilio: 26 de Marzo Nº 3492 (según DNII); Paysandú Nº 1305 (según SID).
Ocupación: Funcionario del Partido Comunista (PC). Secretario de Prensa y Propaganda de la Seccional Nº 20.
Militancia política: Partido Comunista (PC), Frente Amplio (FA).
Fallecimiento
Fecha de muerte: 17.04.1972.
Lugar: Seccional N° 20 del Partido Comunista en la Avenida Agraciada N° 3715 casi Valentín Gómez, Paso Molino.
Circunstancia: Su muerte se produce en la calle de la Seccional N° 20, producto de las seis heridas de bala recibidas durante el operativo desplegado por las Fuerzas Conjuntas. La información proveniente de la autopsia –leída por el legislador Rodney Arismendi en la Sesión de la Asamblea General del 12 y 13 de mayo de 1972- señala que fallece de forma instantánea al recibir una bala en la cara que lesionó el cerebro y salió por la nuca, de todas formas recibe más balazos y presenta heridas de otra índole. Según la investigación de Hugo Rodríguez Almada y Fernando Verdú Pascual: hay referencias que señalan que los cuerpos de Ricardo Walter González y de Luis Alberto Mendiola, fueron trasladados al Hospital Central de las Fuerzas Armadas “pero las naturalezas de las lesiones sugiere que estaban sin vida en momentos de ordenarse el traslado”.
Documentación sobre la defunción:
El resultado de la autopsia practicada por el médico forense, Dr. Guaymirán Ríos, fue entregado al Dr. Daniel Echeverría, Juez Letrado de Instrucción de 3er. Turno, y al Juez militar de Instrucción de 2° Turno, Coronel Dr. Aníbal Macchitelli. El estudio de la misma, al que se accede a través del artículo de Hugo Rodríguez Almada y Fernando Verdú Pascual señala: “El análisis de la información fragmentaria recuperada en los borradores y esquemas elaborados al momento de la autopsia médico – legal, junto a lo establecido en las partidas de defunción de las víctimas, y tras su confrontación con la versión extraoficial ofrecida en el Parlamento, permite establecer las siguientes conclusiones: (…).
Caso 2. Luis Alberto Mendiola Hernández.
Sexo masculino, raza blanca, 46 años. Presentaba múltiples heridas por proyectil de arma de fuego y por arma blanca, con las características que se detallan:
a) Herida de bala con orificio de entrada en región facial (labio inferior) y orificio de salida en la nuca. El disparo causó fractura de piezas dentarias, transfixió la lengua, seccionó el bulbo y provocó estallido de columna cervical (atlas y axis) y salió en la región de la nuca. El trayecto siguió una dirección horizontal, de adelante hacia atrás. Las características de la lesión sugieren que se trató de una disparo de larga distancia con un proyectil de alta energía.
b) Herida de bala no penetrante que determinó hundimiento de la tabla externa del parietal derecho. La lesión era compatible con un disparo de larga distancia, desde la derecha de la víctima, que impactó con muy escasa energía o con una incidencia tangencial.
c) Herida de bala en hombro derecho, con orificio de entrada en región deltoidea y orificio de salida en región escapular derecha. El trayecto siguió una dirección oblicua de adelante hacia atrás, de derecha a izquierda, levemente ascendente. La lesión corresponde a un disparo de larga distancia, inferido de frente u desde la derecha de la víctima.
d) Herida de bala transfixiante de antebrazo izquierdo. e) Herida de bala transfixiante de muslo izquierdo, con orificio de entrada póstero-externo. El trayecto siguió una dirección horizontal y oblicua de atrás hacia adelante u de izquierda a derecha.
f) Herida de bala transfixiante de pierna derecha, con orificio de entrada en cara interna.
g) Herida punzo-cortante de seis centímetros de longitud en la cara externa del cuello de pie izquierdo, compatible con lesión provocada por bayoneta.
h) Herida punzo-cortante no penetrante en cara anterior de la pared abdominal, que transfixió los planos superficiales y presentó salida. Como la provocada con bayoneta.
En suma: muerte violenta. Lesión encefálica a nivel bulbar por disparo de arma de fuego en una víctima multiagredida con armas de fuego y arma blanca. Las características y topografías de las lesiones de arma blanca sugieren que su producción tuvo lugar con el cuerpo caído”. Los médicos Hugo Rodríguez Almada y Fernando Verdú Pascual indican en su artículo que: “Desde el punto de vista del manejo médico-legal de la situación, se destaca el hecho de que en el caso 8 se haya extendido el certificado de defunción en el propio Hospital Militar, por un médico no forense y sin la previa autopsia judicial correspondiente”.
La versión del diputado Rodney Arismendi, leída en la Sesión de la Asamblea General de los días 12 y 13 de mayo de 1972 señala: “Seis balazos. Dos heridas de otra naturaleza. Muerte instantánea por bala en la cara que lesionó el cerebro y salió por la nuca. Balazo en la cabeza que deprimió huesos pero no penetro (¿poca fuerza del proyectil?). Desde lado derecho. Balazos en los miembros: hombro derecho, muslos y piernas (balas transversales que no lesionan huesos) brazo derecho. Una herida “rara” en el pie izquierdo y otra en el abdomen que no penetró. La del pie “punzo – cortante”. ¿Arma blanca? ¿También “rematado” en el suelo?”.
Testigos: Ricardo Pallares, Omar Mesa, Esteban Belián e Indalecio Buño (vecinos de la zona).
Testimonios: Testimonio de Omar Mesa: “Una luz roja que partió de la casa del ministro Forteza, ubicada casi enfrente, fue la señal de inicio. La cosa se preparó a lo largo del día. De tarde, un volkswagen estuvo dando vueltas. De noche hubo apagón en el barrio. Después vinieron al edificio y desalojaron a la familia Oxley, que vivía en el piso de arriba, y allí pusieron una ametralladora (…). Un hombre parado al costado de la puerta disparaba a los que iban saliendo (…). Yo los conocía bien porque aunque nunca fui comunista siempre paraba en la 20 a tomar mate con los muchachos. Vi cómo los iban matando a medida que salían: Rubén López cayó en la casa vecina a la 20, Elman Fernández, en el frente de la casa. Por Valentín Gómez cayeron Justo Sena y Raúl Gancio. José Abreu cayó frente a la ferretería. Ricardo González, en el medio de la calle. A Mendiola le hundían una bayoneta. Mi madre oyó los gritos: ‘Por cada uno de nosotros que maten, vamos a matar siete de ustedes’ ”.
Testimonio de Indalecio Buño: “estuve en el local hasta tarde. Conversé con los compañeros encargados de la guardia. Me despedí de todos y caminé por Agraciada unos pocos metros hasta mi casa. Ya estaba acostado, tratando de dormir cuando oí sirenas, tiros y un grito que no olvido: a copar Valle Edén, que no quede nadie con vida”.Fuerza Aérea Uruguaya. Aeródromo Militar “Capitán Boiso Lanza”.Policía de Montevideo. Dirección de Seguridad de la Jefatura de Policía. Escuadrones de Prevención Nº 1 y Nº 210.
Policía de Montevideo. Seccional N° 18 de Policía, a cargo del Comisario Nelson Díaz Borches16.
El 15 de abril de 1972, la Asamblea General votó el “Estado de Guerra Interno”, una original figura jurídica no prevista por la Constitución que posibilitó, entre otras cosas, la suspensión de las garantías individuales y el juzgamiento de civiles por la justicia militar, aplicándoles el Código Penal militar con el consiguiente incremento de las penas de prisión.