Gerardo Cuesta fue miembro del Comité Ejecutivo y Secretario del Comité Central del Partido Comunista (PCU), dirigente de la Unión Nacional de Trabajadores de la Metalurgia y Ramas Afines (UNTMRA) y Secretario de la Convención Nacional de Trabajadores (CNT).

Gerardo Cuesta Vila

Datos personales:

Documento de Identidad: 528.483.
Credencial Cívica: AZA 7869.
Edad: 61 años.
Fecha de nacimiento: 01.09.1917.
Lugar: Montevideo.
Nacionalidad: Uruguaya.
Estado civil: Casado.
Hijos: 2.
Domicilio: Ejido Nº 1070.
Ocupación: Obrero metalúrgico. Ex- diputado del Partido Comunista. Miembro
de la Dirección del PC. Dirigente del CNT. Responsable de la 2da y 3era
Alias: Ulises, Carlos, Caracé.
Militancia: Miembro del Comité Ejecutivo y Secretario del Comité Central del
Partido Comunista (PCU), Frente Amplio (FA). Dirigente de la Unión Nacional de
Trabajadores de la Metalurgia y Ramas Afines (UNTMRA), Secretario de la
Convención Nacional de Trabajadores (CNT).

Detención:
Fecha: 21.01.1976.
Reclusión: Grupo de Artillería 1, Cuartel “La Paloma”, en el Cerro; Establecimiento Militar de Reclusión N° 1 (E.M.R. N° 1 el 05.01.1977).

Atribuido a: División de Ejército I (DE I), Órgano Coordinador de Acciones Antisubversivas (OCOA). Grupo de Artillería 1. Jefe del Grupo de Artillería 1: Tte. Cnel. Scala; Juez Sumariante Grupo de Artillería 1: Capitán José Ma. Arcos Acosta.

Casos conexos: El régimen militar desplegó a partir de octubre de 1975 una profunda persecución y represión contra toda la estructura orgánica del PCU. Todo indica que se trató de una decisión política adoptada en las más altas esferas de la cúpula militar. Esta operación a gran escala fue denominada en la jerga represiva como “Operación Morgan” y su epicentro fue la estructura del partido (Comité Central, finanzas y propaganda y demás). Para llevar adelante dicha operación, se recurrió a la detención de sus dirigentes y militantes. Es importante aclarar que la misma combinó, en forma paralela, sobre todo a partir de enero-febrero y hasta junio de 1976, la represión a la Unión de Juventudes Comunistas (UJC). Las acciones represivas fueron implementadas por el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA).
Este órgano operaba bajo la órbita de la División de Ejército I cuyo comandante era por entonces el Gral. Esteban Cristi, siendo el segundo jefe al mando el Cnel. Julio César González Arrondo. Fue por entonces que el OCOA comenzó a utilizar centros clandestinos de detención (CCD). Los detenidos eran allí interrogados mediante brutales torturas, permaneciendo en ellos varios meses en calidad de “desaparecidos”, luego de lo cual la mayor parte eran conducidos ante el Juez Militar. Los CCD utilizados durante la Operación “Morgan” fueron conocidos con el nombre de “Infiernos”, los que también fueron utilizados en la represión contra militantes de otras organizaciones izquierdistas. En un comienzo se usó la casa ubicada en Punta Gorda, en Rambla República de México N° 5515, también conocida como “300 Carlos R” o “Infierno Chico” y la casa conocida como “Cárcel del pueblo”, utilizada hasta 1972 por el MLN- T para retener secuestrados, situada en la calle Juan Paullier. Pero el día 2 de noviembre por la madrugada, las decenas de militantes que se encontraban detenidos en esos CCD fueron trasladados en camiones militares a inaugurar un tercer CCD, que sería conocido como “300 Carlos”, “El Infierno Grande” o “La Fábrica”2, emplazado en los galpones del Servicio de Material y Armamento (SMA), en los fondos del Batallón de Infantería Blindada Nº 13, sito en Avenida de las Instrucciones 1325, muy próximo a la vía férrea que une Peñarol con Manga. Tanto el Batallón como el SMA dependían directamente del Comando General del Ejército. Allí los detenidos tenían adjudicado un número por el cual eran llamados y que les era colgado del cuello, para convocarlos a las sesiones de tortura. En coherencia con el carácter “clandestino” de las operaciones, en estos CCD los represores actuaban de manera compartimentada, utilizando el alias de “Óscar” acompañado por un número. Entre las decenas de detenidos y torturados en estos CCD, doce fueron asesinados bajo torturas o murieron como secuela de las mismas en prisión en los años siguientes: Óscar Bonifacio Olveira Rossano, Nuble Donato Yic, Norma Aída Cedrés de Ibarburu, Carlos María Argenta Estable, Luis Alberto Pitterle Lambach, Emilio Fernández Doldán, Hugo Pereyra Cunha, Julián Basilicio López, Miguel Almeida Molina, Hilda Sara Delacroix Scaltriti de Ormaechea, Gerardo Cuesta, Silvina del Carmen Saldaña Lapeira y Carlos Etchebarne.
Nueve militantes fueron desaparecidos: Eduardo Bleier, Juan Manuel Brieba, Fernando Miranda Pérez (restos recuperados de su tumba clandestina el 2 de diciembre de 2005), Carlos Pablo Arévalo Arispe, Julio Gerardo Correa Rodríguez, Otermín Laureano Montes de Oca Doménech, Horacio Gelós Bonilla, Lorenzo Julio Escudero Mattos y Ubagesner Chaves Sosa. Este último caso correspondió a una operación conducida por oficiales de la Fuerza Aérea, presumiblemente en el contexto de la coordinación represiva (sus restos fueron recuperados de su tumba clandestina el 29 de noviembre de 2006). No resulta evidente el momento de clausura de la Operación “Morgan”. Si nos atenemos al funcionamiento del principal CCD utilizado, las fuentes disponibles permiten considerar que hacia fines de 1976 o principios de 1977, el “300 Carlos” habría sido clausurado y los últimos detenidos en el lugar trasladados el CCD de “La Tablada”.
 
Proceso Judicial
22.07.1976. Juzgado Militar de Instrucción de 3º Turno. Se levanta la incomunicación de los detenidos.

10.08.1976. Juzgado Militar de Instrucción de 3er. Turno. Procesado por “Asociación subversiva” y “Ataque contra la Constitución en el grado de conspiración seguida de actos preparatorios”.

28.08.1978. Juzgado Militar de Primera Instancia de 4° Turno. Sentenciado a 12 años de cárcel y trasladado al E.M.R. Nº 1.

09.10.1979. Juzgado Militar de Segunda Instancia. Es condenado a 12 años de penitenciaría. La fecha de cumplimiento de pena era 21 de enero de 1988.

11.11.1981. Juzgado Militar de 1ª Instancia de 4º Turno. Se decreta la clausura de los procedimientos referidos a Gerardo Cuesta por fallecimiento.

Fallecimiento
Fecha de muerte: 13.09.1981 a las 08.40 hs.
Lugar: Hospital Central de las Fuerzas Armadas.
Circunstancia: Muere a causa de una insuficiencia cardio-pulmonar, mientras era sometido a una operación de la vesícula. Gerardo Cuesta tenía antecedentes patológicos de bronquitis crónica y durante su período de reclusión en el E.M.R. Nº 1 presentó al menos dos episodios agudos de bronquitis, constatándose una insuficiencia cardíaca descompensada, comprobándose que sufría un bloqueo de “rama derecha compatible con una sobrecarga del ventrículo derecho condicionada por su bronconeumopatía crónica”
El 1º de junio de 1981 el Médico del Servicio Sanitario del E.M.R. Nº 1, Eq. Alférez Laureano Correa, informa al Jefe del Celdario que Gerardo Cuesta es “un paciente de alto riesgo cardiovascular por lo que se solicita sea eximido de sentarse en el suelo durante la función de cine, para evitar exposición al frío (…)” El 23 de agosto de 1981 es visto por el Médico del Servicio Sanitario del E.M.R. Nº 1, Tte. 2º Roberto Quadrelli, quien recomienda su internación en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas por presentar un “cuadro agudo de abdomen”, diagnosticando una probable “colecistitis aguda”. “(…) PASE PARA INTERNACIÓN
Se envía al recluso Nº 2130 Gerardo CUESTA VILA
Antecedentes clínicos: Paciente de 63 años, con antecedentes de bronquitis crónica y atendido en Pol. Cardiológica por presentar edema de M-II que cedieron con diuréticos, que en el día de la fecha comienza con un dolor sub-costal derecho, tipo cólico, que cede momentáneamente con antiespasmódicos (sup y luego Buscapina I/V).
En un nuevo control clínico y ante la aparición de fiebre (38º) con chuchos de frío, se constata a la palpación de abdomen tumoración en flanco derecho con características de Vesícula Litiásica. Este hecho semiológico no se había constatado cuando consultó por primera vez el paciente, horas antes.
Ante este cuadro agudo de abdomen se envía al H.C. FF.AA. para su mejor estudio y tratamiento.
Actualmente medicado con: Digoxil x 1. Roniacel x 2. Furosemide (eventualmente).
El Médico de Servicio del E.M.R. Nº 1º Tte. 2do. (Médico) ROBERTO QUADRELLI [Luce firma].”
En la historia clínica del E.M.R. Nº 1 no se incluye información sobre su internación en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas.
Autopsia: 13.09.1981. Inscripción en el libro de Anatomía Patológica (1980- 1982), página 209. Número de registro: 60773, “Gerardo Cuesta Vila, NECROPSIA.”


Informe de la autopsia realizada por el Dr. José Mautone “Montevideo, 14 de setiembre de 1981.

SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN MILITAR DE 2do. TURNO
Presente.-

De acuerdo a lo solicitado (…) cúmpleme informar a Ud. que el día 13 de setiembre se realizó la autopsia en el cadáver de GERARDO CUESTA VIL, de sexo masculino con 64 años de edad.-

EXAMEN EXTERNO: Enseña una cicatriz reciente de intervención quirúrgica en hipocondrio derecho, transversal, de 16 cmts de longitud. 3 orificios de drenaje quirúrgico en hemitórax izquierdo a 6 cms del mamelón. En hipocondrio derecho línea media, que drena vesícula biliar. Orificio de drenaje por traqueotomía. 

EXAMEN INTERNO: Enseña a nivel de CRANEO: congestión y edema difusos. TORAX: con pulmones distendidos con abscesos múltiples en lóbulos superior y medio derechos y exudados sero hemáticos difusos en lóbulo inferior izquierdo. Aumento global de cavidades especialmente derechas. Múltiples focos de ateromas en aorta y arterias
pulmonares. ABDOMEN: Aisladas bridas por antiguo proceso inflamatorio crónico peritoneal. Resto de los parénquimas, incluyendo genitales externos sin particularidades.

EN RESUMEN: Del estudio que antecede surge como CAUSA DE MUERTE: INSUFICIENCIA CARDIO-PULMONAR.- (…)

Saluda a Ud. atentamente
El Jefe del Servicio de Anatomía Patológica
Prof. Dr. José Mautone [Luce firma]”

Certificado de defunción: 13.09.1981. Número 044388, consignando como causa de muerte: “Insuficiencia cardio-pulmonar, abseso pulmón derecho postoperatorio”, firmado por el Dr. José Alejandro Mautone.